>Licencia de Caza en Murcia 2025–2026 — 2 €/Año para Residentes · Gratis Jubilados | LicenciasCazayPesca.com
Solo 2 €/año si estás empadronado en Murcia — una de las más baratas de España. Gratis para jubilados y menores residentes. Arruí cinegético único en España. Convenio interautonómico.
La Ley 3/2025 establece bonificación del ochenta por ciento para empadronados en Murcia, reduciendo la tasa a dos euros anuales — la más económica de España. No residentes pagan diez euros anuales completos. Bonificación automática con empadronamiento. Nosotros verificamos residencia y tramitamos con un solo envío de DNI.
Los jubilados perceptores de pensión pública y menores de edad empadronados en Murcia están exentos de tasa. Solo pagas gestión de cincuenta y cinco euros. Menores necesitan autorización paterna correspondiente.
El arruí o muflón de Berbería es una especie exótica invasora que en Murcia se ha convertido en pieza de caza mayor con plan de control propio específico para la región.
Murcia forma parte del convenio interautonómico con cuota de setenta euros anuales. Desde 2026 son diez CCAA firmantes: Aragón, Andalucía, Asturias, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Comunitat Valenciana, Extremadura, Galicia y Madrid. Caza en todas sin licencias adicionales. Gestionamos ambas en un trámite.
La licencia autonómica de caza de la Región de Murcia es expedida por la Consejería de Medio Ambiente de la CARM, regulada por la Ley 7/2003, de 12 de noviembre, de Caza y Pesca Fluvial de la Región de Murcia y el Decreto n.º 112/2018 (pruebas de aptitud).
La Ley 3/2025 de Presupuestos de la CARM (BORM 24/07/2025) introdujo cambios muy relevantes en las tasas: la licencia pasa a denominarse "Licencia autonómica de caza" (unificando los anteriores tipos), con una tasa base de 10 €/año, una bonificación del 80% para residentes empadronados en Murcia (→ solo 2 €/año) y exención total (0 €) para jubilados y menores de edad residentes en Murcia.
La licencia habilita para todas las modalidades de caza con cualquier tipo de arma autorizada, cetrería, hurón y rehala. Puede expedirse por más de un año (cuota × nº de años).
Residentes en Murcia: 2 €/año. La bonificación del 80% para empadronados hace de la licencia murciana una de las más baratas de España. Se acredita con el certificado de empadronamiento o mediante la dirección del DNI.
Importante: Los jubilados NO residentes en Murcia no están exentos del pago. La exención del 100% solo aplica a jubilados y menores que estén empadronados en la Región de Murcia. Los de fuera pagan la tasa general de 10 €/año.
Perceptores de pensión pública empadronados en la Región. Exención del 100%.
Cazadores menores de 18 años empadronados en la Región. Exención del 100%.
Tasa general sin bonificación. Aplica a cazadores de otras CCAA y extranjeros.
Referencia histórica: Antes de la Ley 3/2025 la tasa era de 23,33 €/año. La nueva estructura de tasas (10 € base con bonificaciones por residencia) supone un cambio muy significativo que beneficia especialmente a los cazadores murcianos.
Licencia única para todas las modalidades. Tasas bonificadas por residencia. Válida por 1 año o más. Tramitación en la Sede Electrónica de la CARM.
| Perfil | Tasa anual | Validez | Base legal | Notas |
|---|---|---|---|---|
| Jubilados y menores residentes en Murcia | GRATIS | 1 año (o más) | Ley 3/2025 CARM | Bonificación 100%. Solo residentes empadronados. |
| Residentes empadronados en Murcia (mayores, no jubilados) | 2 €/año | 1 año (o más) | Ley 3/2025 CARM | Bonificación 80%. Acreditar con certificado de empadronamiento o dirección del DNI. |
| No residentes en Murcia (y jubilados no residentes) | 10 €/año | 1 año (o más) | Ley 3/2025 CARM | Sin bonificación. Tasa general. Cazadores de otras CCAA. |
| Licencias plurianuales (cualquier perfil) | Cuota × nº años | Múltiples años | Ley 3/2025 CARM | La cuota se multiplica por el número de años de validez solicitados. |
| Condición | Bonificación | Tasa resultante | Documentación necesaria |
|---|---|---|---|
| Jubilado o pensionista (cualquier pensión pública) residente en Murcia | 100% | GRATIS | Acreditación de la pensión pública (INSS u otros) + empadronamiento en Murcia |
| Menor de edad residente en Murcia | 100% | GRATIS | DNI que acredite minoría + empadronamiento + autorización del tutor |
| Residente empadronado en Murcia (mayor de edad, no jubilado) | 80% | 2 €/año | Certificado de empadronamiento municipal o dirección en DNI |
| No residente en Murcia (incluyendo jubilados de otras CCAA) | 0% | 10 €/año | Sin bonificación aplicable |
| Licencia | Tasa | Validez | CCAA incluidas 2026 |
|---|---|---|---|
| INTERAUT Caza interautonómica | 70,00 € | 1 año | Murcia, Aragón, Asturias, CyL, CLM, C.Valenciana, Extremadura, Galicia, Madrid y Andalucía (BOE-A-2026-5597) |
La Ley 7/2003 y el Decreto 112/2018 regulan las condiciones de acceso y los exámenes de aptitud en Murcia.
Sierra Espuña, el Noroeste y el Campo de Cartagena forman una trilogía cinegética única con el arruí, la cabra montés y la perdiz como especies estrella. El arruí también puede cazarse en las islas Canarias — la única otra comunidad española donde esta especie tiene aprovechamiento cinegético regulado.la perdiz roja entre esparto y pinos.
El Parque Regional de Sierra Espuña es el corazón de la caza mayor murciana. Pinos resineros, matorrales mediterráneos y profundos barrancos albergan las poblaciones de arruí y cabra montés más densas de la Región.
El Noroeste murciano (Caravaca de la Cruz, Moratalla, Calasparra) ofrece los mejores paisajes de transición entre el mediterráneo y el interior ibérico. Ciervo, jabalí, muflón y arruí en pinares y robledales.
Los grandes llanos agrícolas del sureste murciano (Campo de Cartagena, Lorca, Totana) son el territorio de caza menor por excelencia: perdiz, liebre, conejo y paloma en cultivos de cereal y olivar.
Murcia tiene el clima más seco de España continental. Las condiciones semiáridas condicionan profundamente la actividad cinegética y los calendarios de vedas.
El arruí o muflón de Berbería es el gran diferencial cinegético de Murcia. Prácticamente desconocido en el resto de España como especie cinegética, en Murcia tiene un valor trofístico muy alto y el rececho es de los más exigentes del país.
La cabra montés comparte hábitat con el arruí en las zonas más escarpadas de Sierra Espuña y el Noroeste. Su gestión es especialmente cuidadosa para evitar competencia con el arruí.
Las tres especies de caza mayor más comunes en los cotos privados del Noroeste y las sierras del interior. El ciervo en berrea del Noroeste es uno de los espectáculos más reseñables de la fauna silvestre murciana.
La perdiz roja murciana es muy apreciada, especialmente en el sureste. Los secanos, los matorrales y las campiñas de Lorca y el Altiplano son los mejores territorios.
El jabalí es muy abundante en toda la Región de Murcia, con especial presencia en Sierra Espuña, el Noroeste y los pinares del interior. Su gestión es prioritaria por los daños agrícolas.
Una especie cinegética muy particular de Murcia: la gaviota patiamarilla es cazable en la Región de Murcia, con restricciones en la zona vedada de la costa. Muy poco habitual en el resto de CCAA como especie de caza.
| Especie | Período 2025–2026 | Modalidad / días | Cupo | Estado |
|---|---|---|---|---|
| 🐏 Arruí — rececho | 1 mayo 2025 – 8 feb 2026 | Rececho en cotos autorizados | 3 ej./100 ha · ratio 1:2 machos/hembras | 1 abr–31 jul abierto |
| 🐐 Cabra montés — rececho | 12 oct 2025 – 8 feb 2026 | Rececho · cotos may. o menor >500 ha | Según PAC | Cerrado |
| 🦌 Ciervo y zorro — rececho | 1er dom. sep – 8 feb 2026 | Rececho | Según PAC | Cerrado |
| 🦌 Ciervo — gancho y batida | 1er dom. sep – 2º dom. feb | Gancho y batida · cotos mayo o menor >500 ha | Según PAC | Cerrado |
| 🦌 Gamo, muflón, corzo, jabalí — rececho | 1 mayo 2025 – 8 feb 2026 | Rececho | Según PAC | 1 abr–31 jul abierto |
| 🐗 Jabalí y zorro — aguardo nocturno | 1er dom. sep – fin temporada | Aguardo/espera nocturna | Sin límite | Cerrado |
| 🐦 Caza menor general (todos los días) | 12 oct 2025 – 6 ene 2026 | Todos los días · al salto, en mano, ojeo | Variable | Cerrado |
| 🐦 Codorniz — media veda | 17 y 24 agosto 2025 (domingos) | Al salto | 2 piezas/cazador/día | Cerrado |
| 🐦 Paloma, zorzal, etc. — media veda | 21 ago – 14 sep 2025 | Ju/Sáb/Dom/Fest | Variable | Cerrado |
| 🕊️ Tórtola europea | PROHIBIDA temporada 2025-2026 | — | — | Prohibida |
La Región de Murcia ha prorrogado para 2025-2026 la Orden de 17 de mayo de 2023 con los mismos periodos y condiciones. La prórroga se ampara en la Disposición transitoria segunda de la Ley 2/2022. Consulta siempre la normativa oficial vigente antes de salir al monte.
El arruí es especie invasora pero su gestión como especie cinegética en Murcia es un modelo complejo: la caza contribuye al control de la población pero no debe anular a la fauna autóctona.
El ecosistema semiárido murciano es uno de los más frágiles de España. La caza responsable es fundamental para su conservación.
La cocina murciana de caza es rica y variada, con influencias mediterráneas y manchegas en una región de gran tradición cinegética.
La caza de la gaviota patiamarilla es una rareza cinegética que solo existe en Murcia. Su gestión responsable es fundamental.
| Infracción | Tipo | Sanción | Otras consecuencias |
|---|---|---|---|
| Cazar sin licencia o con licencia caducada | Grave | 601 € – 6.000 € | Comiso del arma; inhabilitación temporal |
| Cazar arruí incumpliendo el ratio 1:2 o el cupo de 3/100ha | Grave | 601 € – 6.000 € | Comiso de las piezas; expediente al coto |
| Cazar tórtola europea (prohibida en 2025-2026) | Grave | 601 € – 6.000 € | Comiso de piezas; expediente sancionador |
| Cazar en zona vedada de la costa (gaviota u otras especies) | Grave | 601 € – 6.000 € | Comiso de piezas y arma |
| Cazar fuera de temporada o en veda | Grave | 601 € – 6.000 € | Comiso de piezas y arma |
| Uso de medios prohibidos | Muy grave | 6.001 € – 60.000 € | Retirada definitiva; denuncia penal |
| Cazar especie protegida | Muy grave / Penal | 6.001 € – 60.000 € | Denuncia penal; inhabilitación permanente |
De Sierra Espuña al Altiplano, de Moratalla al Campo de Cartagena: seis grandes territorios cinegéticos para todas las modalidades.
El corazón de la caza mayor murciana. La Reserva Regional de Caza de Sierra Espuña gestiona los permisos de rececho de arruí y cabra montés. Con pinares centenarios y barrancos profundos, es uno de los destinos de rececho más espectaculares del sureste español.
Los municipios más extensos de Murcia, con paisajes de transición entre el mediterráneo y el interior ibérico. Ciervo en berrea espectacular en septiembre, jabalí en abundancia y arruí en las sierras del interior. La tradición cinegética del Noroeste es muy profunda.
Los grandes llanos agrícolas del sureste murciano son el paraíso de la caza menor. Perdiz roja, liebre y conejo en extensos cultivos de cereal, naranja y hortalizas. Los ojeos de perdiz en el Campo de Cartagena son de referencia en la Región.
Las comarcas de Jumilla y Yecla, con sus viñedos y estepas, son zonas excelentes de perdiz y paloma torcaz. El paso otoñal de la paloma es de gran calidad en los almendros y viñedos del Altiplano. El codorniz en media veda también es muy valorado.
Las zonas húmedas del Río Segura, los embalses de Argos, Alfonso XIII y Valdeinfierno, y las lagunas del interior son zonas de invernada y paso de acuáticas: ánade real, cerceta y otras aves acuáticas en los meses de invierno.
La costa murciana es el único territorio cinegético de España donde se puede cazar la gaviota patiamarilla de forma regular. La caza se restringe a los cotos autorizados fuera de la zona vedada litoral. Una rareza cinegética exclusiva de la Región.
El clima semiárido murciano varía enormemente entre la sierra y el litoral. El calor extremo en septiembre-octubre activa el rececho nocturno. Las lluvias otoñales, la perdiz.
Gestionamos tu licencia a través de la Sede Electrónica de la CARM. Si eres residente en Murcia, verificamos tu empadronamiento para aplicar la bonificación del 80% o la exención total.
Comprobamos si eres residente en Murcia (empadronamiento), si eres jubilado o menor, y si tienes la habilitación o examen previo. Así calculamos exactamente qué tasa te corresponde (0 €, 2 €/año o 10 €/año).
Tasa según tu perfil + 55 € honorarios de gestión. Si eres residente en Murcia: total 57 €. Si eres jubilado residente: total 55 €. Pago por tarjeta, Bizum (670 014 485) o transferencia.
Accedemos a la Sede Electrónica de la CARM con certificado digital. Aplicamos la bonificación correspondiente y completamos todos los pasos del trámite oficial.
PDF oficial de la CARM por email y WhatsApp en menos de 24-48 horas hábiles. Lista para mostrar en campo.
Las 12 preguntas más frecuentes sobre el sistema de bonificaciones, el arruí y el sistema de bonificaciones y el arruí.
Si estás empadronado en la Región de Murcia, la Ley 3/2025 (BORM 24/07/2025) te da una bonificación del 80%: con la tasa base de 10 €/año, los residentes pagan solo 2 €/año. Si eres jubilado o menor de edad y resides en Murcia, la licencia es completamente gratuita (bonificación del 100%). Para quienes no residen en Murcia la tasa es de 10 €/año. Nuestro servicio añade 55 € de honorarios de gestión.
Sí, pero solo si son residentes empadronados en la Región de Murcia. Los jubilados residentes en Murcia (perceptores de cualquier pensión pública: jubilación, invalidez permanente absoluta, gran invalidez u otra pensión con titular mayor de 65 años) tienen exención del 100% de la tasa. Los jubilados que no residen en Murcia no están exentos y pagan la tasa general de 10 €/año.
El arruí (Ammotragus lervia), también llamado muflón de Berbería, es una especie exótica invasora procedente del norte de África que se ha naturalizado en las sierras murcianas desde los años 70. En Murcia es prácticamente la única CCAA española donde el arruí es especie cinegética regular. Su caza está regulada: la relación de abate debe ser 1:2 (un macho por cada dos hembras mínimo) y el cupo máximo es de 3 ejemplares por cada 100 hectáreas. El período en rececho va del 1 de mayo al 8 de febrero.
Según la Orden de vedas 2025-2026 (prórroga de la Orden de 17 de mayo de 2023): media veda del 21 agosto al 14 septiembre 2025 (jueves, sábados, domingos y festivos); codorniz los domingos 17 y 24 de agosto (cupo 2/día al salto). Rececho de jabalí, muflón, gamo, corzo y arruí: desde el 1 de mayo de 2025. Caza menor general (perdiz, liebre, conejo, etc.): del 12 de octubre de 2025 al 6 de enero de 2026, todos los días. La tórtola europea está prohibida en la temporada 2025-2026.
Sí. La Región de Murcia exige identificación electrónica para tramitar la licencia de caza online: es obligatorio disponer de Certificado Digital, Cl@ve PIN o Cl@ve Permanente.
Si no tienes ninguna de estas opciones, nosotros te ayudamos a obtener tu Certificado Digital (FNMT) junto con la tramitación de tu licencia. El certificado tiene una validez de 4 años y te servirá para cualquier gestión con la administración pública española. El servicio de gestión del certificado tiene un coste adicional de 30 €.
La licencia de caza en Murcia se tramita a través de la Sede Electrónica de la CARM. La tramitación electrónica requiere certificado digital o DNI electrónico. También puede tramitarse de forma presencial en las Oficinas de Asistencia en Materia de Registros de la CARM, con pago por tarjeta o mediante carta de pago. Para la licencia interautonómica: procedimiento nº 2402 en la Sede Electrónica de la CARM. Nuestro servicio gestiona el trámite completo por ti.
La licencia autonómica de Murcia solo es válida en la Región de Murcia. Para cazar en otras CCAA, Murcia forma parte del convenio interautonómico (70 €/año). Desde 2026 (BOE-A-2026-5597) son 10 CCAA: Murcia, Aragón, Asturias, CyL, CLM, Comunitat Valenciana, Extremadura, Galicia, Madrid y Andalucía (nueva adhesión 2026). Atención: la licencia interautonómica tramitada en Murcia no reconoce habilitaciones obtenidas mediante examen online/no presencial.
El examen del cazador en Murcia se celebra cuatro veces al año en 2026: 15 de abril, 18 de junio, 23 de septiembre y 18 de noviembre, a las 18:00 horas. La tasa de examen es de 10 €. Hay un curso optativo disponible en los cuatro CIFEA de la Región y en el Centro Comarcal Agrario de Caravaca de la Cruz, cuya superación permite obtener 2 puntos extra en el examen. Contacta con la Consejería de Medio Ambiente de la CARM para más información.
Las principales zonas son: Sierra Espuña para arruí y cabra montés (Reserva Regional); el Noroeste (Caravaca, Moratalla) para ciervo, jabalí y arruí en pinares y robledales; el Campo de Cartagena para perdiz, liebre y conejo; el Altiplano (Jumilla, Yecla) para perdiz y paloma; la Vega del Segura para acuáticas invernantes; y la costa murciana (única zona de España con gaviota patiamarilla como especie cinegética regular).
Sí. La tórtola europea (Streptopelia turtur) está prohibida en la Región de Murcia en la temporada 2025-2026. La orden de vedas vigente (prorrogada de la Orden de 17 de mayo de 2023) mantiene la prohibición de cazar esta especie en todo el territorio murciano durante la temporada.
Sí, desde los 14 años. Los menores de edad residentes en Murcia tienen la licencia completamente gratuita (bonificación del 100% desde la Ley 3/2025). Los menores no residentes en Murcia pagan la tasa general de 10 €. En cualquier caso, los menores necesitan la autorización escrita de su padre/madre/tutor para obtener la licencia y para el examen de aptitud. La licencia tiene vigencia hasta que el menor cumpla la mayoría de edad, a menos que se solicite un plazo menor.
La Ley 3/2025, de 23 de julio (BORM nº 169, 24/07/2025) introdujo cambios muy relevantes: unificó los anteriores tipos de licencia (G, S, C) en una única "Licencia autonómica de caza"; modificó la tasa, que pasa de 23,33 € a 10 €/año como base; introdujo una bonificación del 80% para residentes empadronados en Murcia (→ 2 €/año); y estableció la exención total (0 €) para jubilados y menores de edad residentes en Murcia. Los jubilados no residentes en Murcia no acceden a la exención.
Completa el formulario. Si estás empadronado en Murcia, tu tasa puede ser de solo 2 €/año.
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