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Nueva ley de caza de Madrid 2026: los 9 cambios más importantes

📅 16 de mayo de 2026
⏱ 8 min de lectura
📝 Actualizado: mayo 2026

La Comunidad de Madrid nunca había tenido una ley propia de caza. Hasta ahora se regía por la Ley de Caza estatal de 1970, un texto con más de cincuenta años que ya no encajaba con la realidad del sector ni con las competencias autonómicas. En marzo de 2026, el Consejo de Gobierno aprobó el proyecto de ley de caza y pesca y lo mandó a la Asamblea para su tramitación.

No es una reforma menor. El texto toca cotos, sanciones, digitalización, uso de drones, distancias de seguridad y control de poblaciones. Aquí están los nueve puntos que más afectan a quien caza en la Comunidad de Madrid.

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Estado del texto (mayo 2026): aprobado por el Consejo de Gobierno el 25 de marzo de 2026 y enviado a la Asamblea de Madrid. Pendiente de tramitación parlamentaria. El contenido puede modificarse durante el proceso legislativo.

Los 9 cambios que más te afectan

1. Licencias digitales

La nueva ley apuesta por la digitalización completa del sector. Las licencias de caza se podrán obtener y renovar íntegramente online, sin desplazamientos a oficinas. El soporte físico desaparece como requisito: la licencia en el móvil tiene la misma validez legal que el papel. Para quien ya tramita a través de gestores como nosotros, el proceso no cambia en lo esencial.

2. Superficie mínima para crear un coto

La ley fija por primera vez una superficie mínima general de 250 hectáreas para constituir un coto de caza en Madrid. Los cotos de caza menor pueden autorizarse desde 50 hectáreas si presentan justificación técnica. Esto afecta a fincas pequeñas que quieran obtener la condición de coto: tendrán que agruparte con fincas colindantes o buscar otra figura de gestión.

3. Planes de control de poblaciones

Uno de los puntos más prácticos del texto. Los municipios podrán activar Planes de Control de Poblaciones para actuar sobre jabalíes y conejos fuera de los períodos de caza habituales, cuando causen daños en cultivos o infraestructuras. Es una medida que otros territorios ya tenían y que Madrid incorpora con años de retraso.

4. La distancia de seguridad sube de 100 a 150 metros

Para disparar en las proximidades de núcleos urbanos, la distancia mínima pasa de 100 a 150 metros. En la práctica afecta sobre todo a la caza menor en municipios donde los límites del casco urbano se han expandido en los últimos veinte años y la distancia de 100 metros ya era justa.

5. Drones prohibidos para cazar

La ley prohíbe expresamente el uso de drones para localizar, acosar o abatir piezas de caza. También prohíbe usarlos para espiar cotos ajenos o interrumpir jornadas de caza. Es una respuesta directa a los conflictos entre cazadores y grupos animalistas que en los últimos años han utilizado drones para sabotear batidas legales.

6. Prohibición de difundir furtivismo en redes sociales

Uno de los artículos más llamativos: queda prohibido publicar en redes sociales contenido que muestre, promueva o justifique prácticas furtivas o ilegales de caza. La sanción puede llegar a 10.000 euros. La interpretación de este artículo en la práctica quedará a criterio de los agentes de medio ambiente.

7. Régimen sancionador actualizado: multas de hasta 80.000 euros

El texto actualiza las sanciones, que llevaban décadas sin revisarse:

Tipo de infracciónMulta (euros)
Leve200 – 1.000
Grave1.000 – 10.000
Muy grave10.000 – 80.000

Las multas más altas (desde 50.000 euros) se reservan para caza furtiva organizada, comercio ilegal de especies protegidas y reincidencia en infracciones muy graves.

8. Tramitación administrativa electrónica completa

Más allá de las licencias, todos los procedimientos administrativos relacionados con la caza (solicitud de cotos, autorizaciones especiales, comunicación de capturas) se hacen exclusivamente por vía electrónica. Las solicitudes en papel dejan de aceptarse una vez entre en vigor la ley.

9. Regulación específica para la pesca en embalses y ríos madrileños

La ley también regula la pesca en aguas continentales de la Comunidad de Madrid. Establece los requisitos de la licencia de pesca autonómica, las especies que pueden pescarse y las zonas de veda permanente. Quien pesque en embalses como El Atazar, Pinilla o San Juan necesita la licencia de pesca de Madrid vigente.

Agente del SEPRONA revisando documentación de cazador en pista forestal madrileña

Con la nueva ley, las sanciones se actualizan sustancialmente. Las infracciones muy graves pueden llegar a 80.000 euros.

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Lo que no cambia con la nueva ley

La ley no toca los calendarios de veda, que se siguen fijando cada temporada mediante la Orden de Vedas autonómica. Tampoco modifica los precios de las tasas, que se aprueban por separado en los presupuestos de la Comunidad. Las licencias emitidas antes de la entrada en vigor siguen siendo válidas hasta su vencimiento.

Cuándo entra en vigor

El texto pasó al Parlamento madrileño en marzo de 2026. La tramitación parlamentaria incluye audiencias, enmiendas y votación final. El Gobierno de Madrid espera que entre en vigor antes de que acabe 2026, pero el calendario depende del ritmo de la Asamblea.

Lo práctico: por ahora se aplica la normativa vigente. Las novedades más operativas (licencia digital, nuevo régimen sancionador) no arrancan hasta que la ley se publique en el BOCM y entre en vigor.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo entra en vigor la nueva ley de caza de Madrid?

El Consejo de Gobierno lo aprobó en marzo de 2026. Pasa a la Asamblea de Madrid para su tramitación parlamentaria. Se espera que entre en vigor durante 2026, aunque el calendario depende del proceso legislativo.

¿Cuánto son las multas con la nueva ley?

Infracciones leves: 200–1.000 euros. Graves: 1.000–10.000 euros. Muy graves: 10.000–80.000 euros. Las más altas se reservan para furtivismo organizado y comercio ilegal de especies.

¿Qué pasa con mi licencia de caza de Madrid actual?

Las licencias emitidas antes de la entrada en vigor de la ley siguen siendo válidas hasta su fecha de vencimiento. La nueva ley introduce la licencia digital pero no anula las licencias en papel vigentes.

¿Cuál es la superficie mínima para un coto en Madrid?

250 hectáreas con carácter general. Los cotos de caza menor pueden autorizarse desde 50 hectáreas con justificación técnica.

¿Está prohibido usar drones para cazar en Madrid?

Sí. La ley prohíbe expresamente el uso de drones para localizar, acosar o abatir piezas. También prohíbe difundir en redes sociales contenido que muestre prácticas furtivas o ilegales de caza.

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